El objetivo de Instituto Altazor es brindar a los alumnos una educación formativa y propedéutica, de acuerdo al Plan de Estudios registrado antes la Dirección General de Bachillerato; así como ofrecer actividades que fomenten una formación integral de los jóvenes. Para su logro, el Instituto se apoya en un esquema organizacional, estructurado de la siguiente forma:
Dirección de la Escuela. Es responsable ante la Dirección General de Bachillerato de la operación total del plantel, cuenta con el apoyo de las siguientes áreas:
Subdirección Académica. Organiza, controla y evalúa la aplicación de los programas de estudio, la actualización docente, talleres, capacitaciones y laboratorios.
Administración. Coordina y supervisa los departamentos de recursos humanos, recursos materiales y servicios generales y recursos financieros.
Personal docente, administrativo y de mantenimiento. Constituyen el recurso humano más importante dedicado a la prestación del servicio.
Por otra parte, es importante destacar la participación de los Padres de Familia, quienes constituyen un apoyo fundamental para el crecimiento y desarrollo del Instituto por medio de la comunicación activa y capacitación mensual, promoviendo y desarrollando la filosofía institucional.
SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA
Realiza funciones de recopilación de información sobre el hecho educativo, la procesa estadísticamente y la da a conocer a las diferentes áreas para que se retroalimenten y realicen acciones de mejora.
Por medio de encuestas y aplicación de instrumentos validados se verifica la efectividad y pertinencia de los programas de estudio y el desempeño docente. Tiene como finalidad obtener información cualitativa y cuantitativa de los estudiantes desde el momento en que ingresan al Instituto hasta su incorporación a la educación superior o al mercado laboral.
Se elaboran los documentos oficiales que acrediten la escolaridad de los alumnos, de acuerdo con la normativa establecida por la Secretaría de Educación Pública. Presenta a la Dirección del Plantel, para su validación, los certificados y demás documentos oficiales; registra en el historial académico las evaluaciones parciales y finales de los estudiantes y emite las credenciales y boletas de calificaciones que se entregan a los alumnos y padres de familia. También elabora los horarios de clases para los alumnos y docentes; y mantiene estrecha comunicación con los docentes, alumnos y padres de familia (diseña, aplica y supervisa las estrategias académicas propias del Instituto Altazor). Coordina la atención de alumnos, control escolar, difusión y aplicación de normatividades oficiales y reglamentos escolares y los servicios bibliotecarios.
Orientación Vocacional
Se brinda apoyo psicopedagógico al alumnado como herramienta para su ingreso a la etapa universitaria al integrar evaluaciones que permiten a los estudiantes identificar la carrera de su interés, conociendo la oferta académica de las mejores universidades de la región y el país. A partir del 5to semestre, los alumnos podrán formar parte de dicho programa logrando reafirmar la carrera que desean seguir en la institución de educación superior.
Psicopedagogía
Se atienden también de manera reservada y profesional problemas personales y familiares que estén interfiriendo con la conducta y el desempeño escolar de los estudiantes; ofreciendo asesoría por parte del Coordinador del Eje del Desarrollo Humano, aplicando pruebas, realizando entrevistas y estudios que permitan orientar y canalizar la solución de los conflictos emocionales de los estudiantes.
Se brinda información sobre el funcionamiento de la escuela, normas y reglamentos escolares, características de las capacitaciones, y becas con el propósito de que los alumnos generen confianza en el entorno escolar y tomen decisiones adecuadas sobre su comportamiento así como la elección de capacitación.
Se mantiene una estrecha relación con los padres de familia y los maestros por ser considerados agentes activos en la atención de los jóvenes en su proceso formativo que inicia en el hogar y continúa en la escuela.
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
En esta área se diseñan estrategias y supervisa su aplicación, procedimientos y demás disposiciones administrativas y financieras de los alumnos y profesores del plantel.
MEDIATECA
Este anexo escolar tiene como finalidad principal apoyar la labor de los docentes y trabajos de consulta de los alumnos. Cuenta con un acervo bibliográfico, sonoro y audiovisual, así como área de internet. Se ofrecen los servicios de préstamo interno, préstamo a domicilio y fotocopiado.
APOYO TÉCNICO ACADÉMICO
Se encarga de observar la disciplina de los alumnos, así como la supervisión de la asistencia a clases. Este departamento coadyuva con las demás áreas académicas y administrativas en la difusión de comunicados, citatorios o cualquier información relacionada con el trabajo escolar que deba entregarse a los docentes y estudiantes; coordina torneos internos, externos y se mantiene en contacto constante con las necesidades de los alumnos.
SERVICIO SOCIAL
El Servicio Social es una actividad no remunerada (sin pago) que todos los estudiantes del Nivel Medio Superior y Superior deben cumplir obligatoriamente. Tiene como objetivo principal retribuir a la sociedad la oportunidad que se brinda a los alumnos para educarse. El mínimo de tiempo para cumplir con el Servicio Social es de 300 horas distribuidas de la siguiente manera:
Etapa I (100 horas). Se realizan durante el primero y segundo semestres en beneficio de la escuela: participando en campañas de limpieza y mantenimiento de áreas y espacios físicos; como auxiliar de docente, en las oficinas, la biblioteca o en eventos especiales; en talleres o selecciones deportivas y culturales que representan al Instituto.
Etapa II (200 horas). Se realizan del tercero al sexto semestres en beneficio a la comunidad. El servicio social comunitario se presta en instituciones de asistencia social como: El trompo Museo interactivo de Tijuana, Centro Cultural Tijuana y otras Instituciones con las cuales tenemos convenios en esta materia. También participando en campañas de recolección de ayuda para los casos de desastres, tanto a nivel municipal o estatal. En apoyo a las instituciones privadas sin fines de lucro como clubes, asociaciones civiles, o en actividades externas de carácter cultural, deportivo, cívico o académico en representación de la escuela.
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
Este servicio está disponible para alumnos durante la vigencia del ciclo escolar, estando en las Instalaciones o en sus traslado hacia o de la escuela, cubre a todo alumno en activo y podrá hacerlo efectivo en los Hospitales Ángeles y Del Prado, por lo cual deberá siempre portar su credencial escolar.
La póliza que cubre estos servicios, será entregada al iniciar el ciclo escolar, este servicio es proporcionado a través de una compañía aseguradora.
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR
I. OBJETIVO
Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica desde el ingreso hasta la conclusión del nivel.
II. NORMAS GENERALES
Las normas establecidas en este documento son de observancia obligatoria para las personas involucradas en el proceso de control escolar del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada. Las presentes normas estarán vigentes durante el período escolar 2017-2018 para regular las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación, regularización y certificación, que deberán aplicar obligatoriamente los Planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada.
III. ETAPA DE INSCRIPCIÓN
A) OBJETIVO
Establecer los requisitos de registro e ingreso de los aspirantes, que inician sus estudios en el nivel Bachillerato, para la sistematización y seguimiento de su Historial Académico, durante su permanencia en los planteles de Bachillerato General, Modalidad Escolarizada.
B) NORMAS
a.Clave Única de Registro de Población (CURP).
b. Acta de Nacimiento original, en caso de ser extranjero acta apostillada.
c. Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Secundaria.
d. Resolución de Revalidación de Estudios, si cursó la educación secundaria en el extranjero.
e. Resolución de Equivalencia de Estudios, si cursó semestres de educación media superior en otra institución del país.
f. Dos fotografías tamaño infantil, de frente en blanco y negro o en color, en papel mate.
g. Ficha de inscripción firmada por el padre de familia o tutor. Si el estudiante es mayor de 18 años será él quien firme la solicitud.
h. Carta de buena conducta, emitida por la escuela de la cual proviene.
i. Certificado médico de buena salud.
IV. ETAPA DE REINSCRIPCIÓN
A) OBJETIVO
Regular el procedimiento que permita actualizar los registros para llevar a cabo el control de los estudiantes, durante su permanencia en el Bachillerato General, Modalidad Escolarizada.
B) NORMAS
1. La reinscripción de estudiantes será semestral y se deberá efectuar de acuerdo con el calendario escolar que establezca la Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General del Bachillerato.
2. Los estudiantes que pertenecen al plantel tendrán derecho a la reinscripción en los siguientes casos:
a. Los estudiantes regulares: aquellos que acreditaron todas las asignaturas del o de los semestres cursados.
b. Cuando adeuden como máximo tres asignaturas al término del período de regularización inmediato al final del semestre.
d. Los estudiantes que al término del período de regularización inmediato al final del semestre adeuden más de cuatro asignaturas, serán dados de baja durante un año escolar. Si al concluir este plazo cuentan aún con más de cuatro asignaturas adeudadas, causarán baja definitiva.
c. El estudiante tendrá derecho a solicitar baja temporal al Director del Plantel, cuando por enfermedad, beca de estudios u otros motivos justificados, así lo requiera.
e. Los estudiantes que suspendan sus estudios por causa injustificada por un semestre, serán dados de baja definitiva del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada.
f. El estudiante que adeuda cuatro o más asignaturas de un semestre, podrá repetirlas por una sola ocasión en el semestre correspondiente, para lo cual debe cumplir con los siguientes requisitos: solicitud del estudiante interesado.
g. Que no se rebase el tiempo máximo para la conclusión del bachillerato (10 semestres). Que el Instituto cuente con las condiciones de cupo para ello. En caso contrario, procederá la baja temporal de acuerdo a lo establecido en las normas correspondientes.
h. Si después de haber recursado las asignaturas el estudiante continúa con la irregularidad, deberá acreditarlas en los periodos oficiales de regularización, conforme a las normas establecidas.
i. Haber cubierto el importe establecido por concepto de reinscripción.
V. ETAPA DE ACREDITACIÓN
A) OBJETIVO
Establecer el procedimiento para la aprobación y reconocimiento oficial de una asignatura, semestre o nivel escolar, a través del cumplimiento de los criterios que se establecen para la evaluación y asignación de calificaciones, con la finalidad de normar el registro de los resultados y dar continuidad al Historial Académico de los estudiantes.
B) NORMAS
a. Las calificaciones parciales que se asienten en la lista de Asistencia y Evaluación, deberán resultar de la aplicación del procedimiento señalado en los Lineamientos de Evaluación del Aprendizaje en el apartado sobre el llenado de la Lista de Asistencia y Evaluación.
b. Para los estudiantes que obtengan como calificación final un promedio igual o mayor a 9.0, se considerará que ésa es su calificación semestral.
c. Para aquellos estudiantes que hayan obtenido 9.0 de calificación y deseen aumentar a 10, podrán optar por presentar el examen semestral final, bajo su responsabilidad, donde la calificación definitiva será el resultado del examen; si la calificación promedio resultara más baja que el 9.0 inicial, el estudiante ya no podrá conservar la calificación que tenía.
d. Los estudiantes que obtengan resultado aprobatorio en todas sus evaluaciones parciales y el promedio de las mismas sea menor de 9.0, deberán presentar examen semestral final cuyo resultado se promediará con el que corresponda a los 3 periodos parciales; la calificación final se obtendrá considerando un 60% para la evaluación parcial y un 40% para el examen semestral
e. Cuando el resultado de una o más de las evaluaciones parciales sea reprobatorio (menor a 7), procederá lo siguiente en cada caso: *Si el promedio de las mismas es aprobatorio, el estudiante deberá presentar el examen semestral final y el resultado de éste se promediará con el resultado promedio obtenido de las calificaciones parciales para integrar la calificación definitiva. *Si el promedio de las mismas es reprobatorio, el estudiante no tendrá derecho al examen semestral final y deberá presentarlo, en periodo extraordinario de acreditación que podrá ser cubierto por medio de evaluaciones extraordinarias o cursos intersemestrales o intrasemestrales.
f. Las calificaciones parciales se asentarán con números enteros y décimos, aún si es menor a 5. La calificación mínima aprobatoria será siete (7.0).
g. La escala oficial para la calificación final será numérica del 5 al 10, la cual deberá ser expresada con números enteros, conforme a la siguiente tabla y consignada en los registros oficiales del Plantel.
Rango de calificaciones obtenido |
Deberá registrarse |
5 a 5.9 | 5 |
6 a 6.9 | 6 |
7 a 7.4 | 7 |
7.5 a 8.4 | 8 |
8.5 a 9.4 | 9 |
9.5 a 10.0 | 10 |
RENUNCIA DE CALIFICACIONES
La renuncia de calificaciones se autoriza únicamente a los estudiantes que han cursado y acreditado la totalidad del ciclo del bachillerato. La acreditación de las asignaturas a las que se renuncia será a través de exámenes a título de suficiencia. La solicitud de renuncia de calificaciones deberá ser formulada por el estudiante por escrito en la Subdirección Académica, a más tardar 10 días hábiles después de concluir el semestre.
Sólo podrán renunciar a las calificaciones los estudiantes que tengan como promedio general de aprovechamiento entre 7.0 y 7.9. Los estudiantes tendrán derecho a presentar exámenes de seis asignaturas como máximo. La presentación de examen de cada asignatura se realizará por una sola vez respetando el tiempo máximo permitido de 10 semestres para concluir el Bachillerato General y la calificación obtenida será la única representativa del curso.
VI. ETAPA DE REGULARIZACIÓN
A) OBJETIVO
Establecer el proceso mediante el cual el estudiante podrá acreditar fuera del período ordinario, las asignaturas que adeude del o de los semestres anteriores, a través de la aplicación de exámenes de regularización y/o cursos intersemestrales para continuar en el Bachillerato General, Modalidad Escolarizada.
B) NORMAS
VII. ETAPA DE CERTIFICACIÓN
A) OBJETIVO
Establecer el procedimiento para expedir los documentos de certificación que validan los estudios realizados por los estudiantes, que han acreditado la totalidad o una parte de los planes y programas vigentes o abrogados en el Bachillerato General, Modalidad Escolarizada y que posibilitan el tránsito entre instituciones del mismo nivel, o el acceso a las de tipo superior, dentro y fuera del territorio nacional.
B) NORMAS
VIII. CONCEPTOS Y REGLAS DE INFORMACIÓN PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS
El Instituto Altazor A.C. cuenta con registro de validez oficial RVOE EMS/3-909 con fecha de 22 de Julio del 2014, lo cual hacemos de conocimiento general a alumnos, padres de familia, docentes y público general. Adicionalmente a los alumnos y sus padres se les hace entrega del ACUERDO QUE ESTABLECE LAS BASES MÍNIMAS DE INFORMACIÓN PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS QUE PRESTAN LOS PARTICULARES. Publicado el 10 de marzo de 1992 en el Diario Oficial de la Federación.
El Instituto Altazor A.C. cuenta con su registro antes mencionado emitido por la Dirección General de Bachillerato, este registro autoriza al Instituto como centro de educación media superior, por ello el Instituto ofrece inscripciones e imparte clases para alumnos de 1er, 2do, 3er, 4to, 5to y 6to semestre de preparatoria, nuestro sistema está en la modalidad presencial, y es una preparatoria de tiempo completo con un horario de clases de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
A) OBJETIVO
El alumno que curse alguno de los programas de bachillerato que ofrece el Instituto Altazor A.C., estará sujeto a las disposiciones de este en relación con los pagos que por cualquier concepto relacionado con su situación escolar deba efectuar.
Las Cuotas se deberán pagar en las fechas señaladas en el calendario de pagos y en las tablas de colegiaturas. Las cuotas por otros conceptos se deberán pagar en las fechas que se determinen para cada trámite.
B) CUOTAS
CUOTA DE INSCRIPCIÓN: Es el proceso mediante el cual se formaliza el acceso del alumno al primer periodo escolar del plan de estudios de bachillerato (primer semestre), dicha cuota es por el monto de $6,000.00 m.n. (seis mil pesos m.n.). Deberá cubrirse a más tardar un día antes del inicio oficial de clases.
CUOTA DE REINSCRIPCIÓN: Es el proceso mediante el cual se formaliza el acceso del alumno a los periodos escolares del plan de estudios de bachillerato (segundo semestre a sexto semestre) dicha cuota es por el monto de $6,000.00 m.n. (seis mil pesos m.n.). Deberá cubrirse a más tardar un día antes del inicio oficial de clases.
COLEGIATURA: Son las cantidades que los alumnos inscritos en los programas de bachiller del Instituto deben cubrir por concepto de los servicios educativos ordinarios (clases, exámenes parciales y ordinarios; atención de profesores en relación con las materias cursadas y otros similares) que reciben del Instituto en un período lectivo. Cada semestre tiene un costo de $35,256.00 m.n., y para comodidad se divide en un total de 6 colegiaturas, cuyo monto es de $5,876.00 m.n. (cinco mil ochocientos setenta y seis pesos m.n) cada una. Si se cubre en los primeros 5 días naturales de cada mes, se tiene derecho a la tarifa preferencial de $5,200.00 m.n (cinco mil doscientos pesos m.n.). Puede optarse por la opción de 5 pagos, en tal caso el monto es de $7,051.00 m.n. (siete mil cincuenta y un pesos m.n.) cada mensualidad. Si se cubre en los primeros 5 días naturales de cada mes, se tiene derecho a la tarifa preferencial de $6,240.00 (seis mil dosciento cuarenta pesos m.n.)
DERECHOS DE INCORPORACIÓN: No hay cobros de matriculación adicionales, estos van incluidos en la inscripción.
CUOTAS ESCOLARES DIVERSAS: Son las cantidades que el alumno debe cubrir por los servicios que le preste el Instituto distintos a los servicios educativos ordinarios tales como:
C) CALENDARIO DE PAGOS Y TARIFA PREFERENCIAL
Colegiatura semestral: $ 35,256.00 m.n.
Preferencial 1-5 de cada mes: $5,250.00 m.n.
Normal 6 en adelante: $5,876.00 m.n.
D) DIRECTIVOS Y HORAS DE ATENCIÓN
Para la atención a padres de familia o alumnos se establece el horario de atención de las 09:00 a.m. a la 1:00 p.m., en este horario los directivos podrán atender sus solicitudes.
Josué de la Rosa DIRECTOR DEL INSTITUTO
Mónica Morales Rocha SUBDIRECTOR ACADÉMICO
Edgar Eduardo López de León ADMINISTRACIÓN
E) NORMAS
G) REEMBOLSOS
Únicamente se podrá solicitar el reembolso de los montos pagados por concepto de inscripción o reinscripción, cuando se pidan dando aviso con dos meses de anticipación al inicio de clases, de acuerdo al calendario oficial. La devolución se harácon cheque 15 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.
H) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE PAGO
Las Cuotas por Inscripción, Reinscripción y Mensualidades, deberán ser depositadas o transferidas a la cuenta 13003346234 de SCOTIABANK a nombre del INSTITUTO ALTAZOR A.C. Asimismo, deberá incluir el número de referencia asignado por el Instituo al alumno en cada uno de sus pagos.
Los pagos realizados a través de un banco deberán hacerse por medio de las formas especiales que para abono a la cuenta del Instituto se encuentre en uso y pueden ser de dos tipos:
I) CONSECUENCIAS POR NO PAGO, PAGOS FUERA DE TIEMPO O SIN FONDOS
En caso de incumplir con el pago de tres meses o más de colegiaturas, el alumno a través de sus padres o tutores reconoce que el Instituto está en derecho a suspender su obligación de prestar el servicio escolar. El alumno a través de sus padres o tutor tendrá dos opciones:
El Instituto Altazor A.C. notificará quince días antes al alumno o los padres o tutores en caso de aplicar la disposición de suspender la prestación del servicio por reunir tres o más colegiaturas sin pago.
Cuando la Institución Bancaria en donde se hizo el depósito de un cheque por concepto de pago de cuotas lo devuelve por cualquier causa imputable al librador, se aplicarán las siguientes sanciones:
INTRODUCCIÓN
El presente reglamento escolar será aplicable a los alumnos del Instituto Altazor, A.C., siendo considerados como tales, los inscritos en los registros de control escolar.
La conducta escolar estará regida por los principios de la disciplina activa y el autocontrol, considerando al joven como sujeto en formación y en busca de su identidad; de acuerdo con esto, el estudiante tendrá oportunidad de corregir sus propios errores, realizando actos positivos.
Es responsabilidad de toda institución educativa contribuir a la formación integral de los alumnos. En este sentido se invita a todos los alumnos de este Instituto a observar los siguientes lineamientos generales:
SECCIÓN PRIMERA
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
CAPÍTULO I: DEL COMPROMISO CON LA INSTITUCIÓN
1o. Tener como elemento distintivo de su compromiso institucional, la dedicación a sus estudios, marginando cualquier otra actividad que interfiera con los fines formativos y académicos del bachillerato.
2o. Trabajar afanosamente para elevar su calidad de estudiante, académica, cultural, social y deportivo.
3o. Tomar en todo momento con acciones positivas el nombre de la Institución.
4o. Participar activamente en todas aquellas actividades y promociones que tengan como objeto el mejoramiento de la Institución.
5o. Contribuir directamente al mejoramiento, equipamiento y desarrollo integral de la institución.
CAPÍTULO II DE LAS OBLIGACIONES
6o. El alumno debe mostrar un trato respetuoso hacia todos los miembros de la comunidad escolar: personal docente, administrativo y manual; estudiantes, padres de familia y cualquier persona que se encuentre de visita dentro de las instalaciones de la escuela.
Se considerarán faltas de respeto: la agresión verbal (insultos, amenazas y palabras altisonantes). La agresión física. Las señales y signos obscenos. El desacato a la autoridad que representa cada trabajador del plantel.
7o Los alumnos están obligados a:
a) Observar buen comportamiento en todos los actos cívicos, culturales y deportivos que se desarrollen en el plantel, tales como: ceremonias, conferencias, encuentros deportivos y culturales, etc., y fuera de la escuela cuando se lleve la representación de la Institución; de manera especial, en aquellos actos en que se rindan honores a los símbolos patrios.
b) Participar en los simulacros que para la prevención de desastres organice la escuela.
c) Actuar organizada, solidaria y eficientemente ante las situaciones de emergencia de origen natural o humano que pudieran presentarse en el plantel.
d) Cuidar el buen aspecto, aseo y conservación de todas las instalaciones, mobiliario y equipo escolar que les brinda un servicio.
e) Responder por los daños que ocasionen a los bienes del plantel y de las personas cuando éstos ocurran en las instalaciones escolares; pagando, reparando o restituyendo el bien, según sea el caso.
f) Respetar y observar las medidas de seguridad cuando se trabaje en los laboratorios y talleres del Instituto. En cuanto al uso y estancia en las diversas instalaciones escolares, se atenderán las reglamentaciones propias de cada área de trabajo escolar.
g) Depositar la basura en los cestos y recipientes destinados para ello, que se encuentran distribuidos dentro de las instalaciones del plantel.
h) Respetar los objetos personales de otros, tales como: dinero, útiles escolares (mochilas, bolsas, calculadoras, libros, etc.) o cualquier otro artículo de sus compañeros. Tomar algo sin autorización del dueño, será tomado como abuso de confianza, sustracción de bienes o robo.
8o El código de vestimenta deberá apegarse a las siguientes especificaciones: Solo está prohibido presentarse descalzo y/o sin camisa o playera en el caso de los varones. NOTA: Las prendas no deberán contener mensajes o imágenes ofensivas.
9o. Se considera conducta fraudulenta cualquier acción que permita a un alumno salir beneficiado injustamente sobre los resultados de una evaluación, tal como: utilizar notas ajenas, traer exámenes pasados o en uso, la sustitución de personas durante la aplicación de exámenes parciales, finales y de regularización.
Se considera Plagio la presentación de ideas o el trabajo de otra persona como propio.
Se entiende como Colusión el comportamiento de un alumno que contribuye a la conducta fraudulenta de otro, al permitirle que copie su trabajo o lo entregue como si fuese propio.
10°. La escuela no se hace responsable por la pérdida o robo de artículos o bienes que los alumnos tengan o porten con ellos, así como de los objetos o bienes que estén en sus vehículos.
11°. Las sanciones por violación a estas disposiciones se encuentran establecidas en el capítulo VIII de este reglamento.
CAPÍTULO III: DE LA ASISTENCIA ESCOLAR
12°. Presentar en la entrada su credencial de estudiante vigente.
13°. Los alumnos están obligados a asistir con regularidad, puntualidad y constancia a clases y a toda actividad académica, cultural o social que contribuya a la realización de los programas de estudio y a la buena marcha de la Institución.
14°. Los alumnos deben guiarse por el horario asignado a su grupo, atendiendo el timbre de entrada y estar en el salón de clases antes de que llegue el docente; si éste no se presentara, el representante del grupo avisará en la Coordinación Estudiantil, que dispondrá lo conducente.
15°. Ningún alumno tendrá derecho de ingresar al salón de clases en los siguientes casos:
16°. A partir de la segunda hora de clases, deberá presentarse puntualmente en el salón de clases conforme a su horario, independientemente de que se escuche o no el toque del timbre para la entrada.
17°. El alumno deberá responder al pase de lista personalmente.
18°. Toda inasistencia justificada a clases requiere un comprobante, el cual deberá ser presentado al siguiente día hábil de la fecha de inasistencia del alumno y antes de que el profesor entregue las listas a la oficina correspondiente. Los comprobantes deberán reunir los siguientes requisitos:
En caso de enfermedad deberá presentar constancia médica, en la que se observe el registro de la Secretaría de Salud y la cédula profesional del médico que lo atendió, indicando el diagnóstico y observaciones. Cuando la inasistencia no esté amparada por certificado médico, deberá presentarse el padre, la madre o el tutor del alumno afectado.
En caso de accidente o causas de fuerza mayor (decesos de familiares o salidas fuera de la ciudad) deberá presentarse el padre o tutor a justificar la inasistencia del alumno.
En los casos en que los alumnos representen a la Escuela en asuntos de carácter académico, deportivo, cultural o de servicio social, deberá presentarse el justificante con autorización la Subdirección de Académica.
19°. La justificación de inasistencia a clases sólo procederá cuando se haga del conocimiento de la autoridad escolar, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la misma.
20°. La ausencia de un alumno por más de cinco días consecutivos a clases, sin conocimiento y/o autorización de las autoridades escolares, será causa de baja definitiva.
21°. Se considera falta colectiva, cuando la mayoría o totalidad del grupo se retire de la institución y/o salón de clases sin consentimiento de las autoridades del Instituto y será sancionado conforme a lo previsto para el caso.
22°. Ningún alumno deberá salir del salón estando en clase, a menos que sea requerido por las autoridades de la Escuela, en caso de urgencia o cuando el maestro lo autorice.
CAPÍTULO IV: DE LAS PROHIBICIONES
23°. Está terminantemente prohibido a los alumnos:
24°. Durante el horario de clases no se permite a los alumnos la salida del plantel, salvo en casos en que acudan a eventos de la escuela, en casos de extrema necesidad o a solicitud de los padres de familia. Para ello, deberán obtener una autorización expresa de la Subdirección Académica.
25°. No se permite introducir o distribuir en las instalaciones del Plantel publicidad o propaganda que no sea previamente autorizada por la autoridad escolar.
26°. No está permitida dentro de la Escuela la venta de ningún tipo de producto, servicio o promoción de eventos para usufructo particular.
28°. No está permitido pegar ningún tipo de aviso, publicidad o propaganda en las paredes, puertas, ventanas o columnas de los edificios o salones; solamente se autoriza hacerlo en los tableros o lugares destinados para tales fines.
29°. Queda terminantemente prohibido el uso de las instalaciones, equipo, mobiliario, sistemas informáticos, o cualquier otro bien patrimonio de la Institución para fines distintos a los de carácter educativo.
30°. Se solicita a los alumnos que cuando expresen sus muestras de afecto dentro del Instituto sea de forma apropiada y respetando el espacio donde se encuentran y a los demás miembros de la comunidad escolar.
SECCIÓN SEGUNDA: DERECHOS Y RECOMPENSAS
CAPÍTULO V. DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO
31°. Son derechos de todos los alumnos de esta escuela:
32°. El alumno podrá solicitar su baja voluntaria del Instituto cumpliendo los requisitos correspondientes. En el caso de minoría de edad, se requiere autorización del padre o la madre de familia o del tutor. Asimismo el alumno podrá solicitar su baja del Instituto con fines de cambio de escuela, para ello tendrá que solicitarlo por escrito, con la anticipación necesaria para poder realizar los trámites en los tiempos que el alumno ocupe.
33°. Es un derecho del alumno retirar sus documentos, siempre y cuando:
34°. Los alumnos tienen derecho a recibir servicio médico en los Hospitales Del Prado o Ángeles, en los términos de póliza de seguro correspondiente.
35°. Cuando algún alumno considere que sus derechos de estudiante han sido afectados, podrán solicitar el auxilio del Jefe de Grupo, de sus Maestros y del Comité de la Sociedad de Alumnos.
36°. Todos los alumnos tienen derecho a presentar formalmente sus propuestas a las autoridades de la Preparatoria, individualmente o en grupo, siempre y cuando contribuyan al buen funcionamiento de la comunidad escolar.
CAPÍTULO VI: DE LOS ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS
37°. Todo alumno será recompensado por su destacada actuación en:
Aprovechamiento académico. Actividades de servicio social, deportivas, culturales y en beneficio de la comunidad Altazor. Actos extraordinarios en favor de la sociedad.
SECCIÓN TERCERA: COMPETENCIAS Y SANCIONES
CAPÍTULO VII: DE LAS AUTORIDADES ESCOLARES
38°. Para efecto de la aplicación, sanción y ejecución del presente reglamento, son Autoridades Escolares: El Director, los Subdirectores, los Coordinadores de Ejes, los Coordinadores de Nivel, los Jefes de Departamento, los Maestros y el Coordinador Estudiantil, dentro del ámbito de su competencia.
CAPÍTULO VIII: DE LAS SANCIONES
39°. El incumplimiento de lo establecido en el presente reglamento escolar, se hará acreedor una sanción individual o colectiva, según sea el caso.
40°. Se considerarán faltas graves aquellas que lesionen la salud e integridad física o moral de las personas, ya sean alumnos, padres de familia, visitantes y personal que labora en la institución. Así mismo, aquéllas que denigren la imagen de la institución, atenten o menoscaben el patrimonio de la misma, e impidan la realización normal de las actividades educativas.
41°. Se consideran dentro de esta categoría las siguientes: actos de violencia (acoso escolar), relaciones sexuales, portar armas, ingerir bebidas alcohólicas, en cualquier área de la escuela; portar, comercializar o consumir drogas, acceder a la escuela en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna droga; graffiti, destrucción premeditada de bienes de la escuela o de cualquier miembro de la comunidad Altazor; usurpación de personas o prestar su credencial para cometer engaños o fraudes; robo, insultos al personal de la escuela, desacato a la autoridad escolar y obstrucción de actividades. De igual manera, se considera como falta grave la falsificación de documentos oficiales para justificar inasistencias, pases de salida o credenciales de la escuela.
Las faltas enunciadas en este artículo se sancionarán con suspensión temporal o definitiva de acuerdo con la gravedad del caso, sin menoscabo de que si así lo amerita, se hará del conocimiento de la autoridad judicial competente.
42°. Corresponde amonestación verbal, y/o realización de tareas o trabajos extras que tengan relación con la falta cometida, cuando la infracción sea leve y no sean de las previstas en el artículo anterior.
43°. Corresponde amonestación verbal con exhorto a mejorar su comportamiento:
Cuando por primera vez se infringe una norma y la falta no sea grave. Cuando no cumpla con tareas o trabajos asignados, o no acate indicaciones del maestro con objeto de que mejore su aprovechamiento escolar.
44°. Corresponde amonestación por escrito con nota mala a su expediente:
45°. Si la conducta negativa es reiterada, de tentativa y/o de complicidad, corresponderá la suspensión temporal de tres, cinco o diez días hábiles, según el grado de participación.
46°. En el caso de falta colectiva, prevista en el artículo 21 del presente reglamento, corresponde: la aplicación de tres faltas de asistencia, dar el tema por visto, aplicar el examen correspondiente el siguiente día de clases, tomándose el resultado como calificación parcial del mes.
47°. La Dirección de la Escuela se reserva el derecho de valorar la pertinencia de autorizar la reinscripción de los alumnos que hayan sido amonestados por cualquiera de las faltas señaladas en el artículo 40°. y 41° o hayan incurrido en los supuestos del artículo 45°, independientemente de su situación académica.
48°. Los casos de inconformidad por la aplicación de sanciones por faltas graves que ameriten suspensión definitiva, serán revisados y resueltos con carácter definitivo por una Comisión de Honor y Justicia constituida por: 3 docentes, 3 padres de familia y 3 alumnos regulares. La Comisión será integrada y presidida por el C. Director del Instituto, quien tendrá voto de calidad.
CAPÍTULO IX: DE LAS BAJAS DE ALUMNOS
49°. Las causas de baja serán las siguientes
a) Las contenidas en el artículo 41 de este reglamento.
b) El acumulamiento sin justificación de faltas por parte del alumno, en un 50% en relación a sus asistencias.
c) La solicitud voluntaria del alumno, por cualquiera que fuese el motivo que la origine.
d) Repetir por tercera vez el mismo curso y reprobarlo, o haber cursado más de 10 semestres y no aprobar el programa escolar.
50°. El Comité de Becas del Instituto Altazor AC coordina diversas acciones para la búsqueda de soluciones a los problemas económicos y sociales que puedan afectar a los alumnos de Bachiller. Para ello se cuenta con una serie de acciones que proporcionan al alumno orientación y atención profesional, integrándolo a programas específicos de apoyo.
CAPÍTULO X: DE LAS BECAS Y BENEFICIOS INTERNOS
El Comité de Becas del Instituto Altazor, A.C. está integrado por:
a) El Presidente del Consejo Altazor
b) El Representante Legal del Instituto
c) Director del Instituto Altazor
d) Subdirector Académico del Instituto Altazor
e) Administrador del Instituto Altazor
Todas las acciones de este Comité tienen carácter fijo y en caso de presentarse algún conflicto este deberá gestionarse ante la Junta Directiva Escolar del Instituto, órgano que decidirá en última instancia, siendo su decisión final irrevocable.
Las fechas de recepción de postulaciones para el PERIODO 1 serán en la segunda quincena de junio. Para el PERIODO 2, en la primera quincena de diciembre. Postulaciones entregadas posteriormente a estas fechas serán desechadas.
Los(as) estudiantes que requieran apoyo económico pueden postularse a alguna de los siguientes:
Financia el 50% de la cuota semestral del estudiante. Esta beca es otorgada semestralmente por la Junta Directiva Escolar a un solo estudiante. Para acceder a este beneficio, se solicita que los estudiantes además cumplan con los siguientes requisitos:
El financiamiento de la beca cubre sólo la colegiatura y no incluye la reinscripción.
Dirigida a los estudiantes, que demuestren los mejores rendimientos académicos semestrales, a partir del segundo semestre, su promedio general debe ser de 9.6 a 10 en el periodo inmediato anterior, se otorgan un máximo de 3 becas de este tipo.
Cubre el 40% del monto de la colegiatura por un semestre. No cubre la inscripción o reinscripción.
El Comité de Becas Altazor es el responsable de asignarla.
Para acceder a este beneficio, se solicita que los estudiantes además cumplan con los siguientes requisitos:
Esta beca puede mantenerse a lo largo de la duración formal del bachillerato, siempre y cuando el estudiante cumpla con los siguientes requisitos:
Dirigida a los estudiantes, que tengan rendimientos académicos semestrales, a partir del segundo semestre, su promedio general debe ser de 9.0 a 9.5 en el periodo inmediato anterior, se dispone de 3 becas de este tipo.
Cubre entre el 15% y 30% del monto de la colegiatura por un semestre. No cubre la inscripción o reinscripción.
El Comité de Becas Altazor es el responsable de asignarla. Para acceder a este beneficio, se solicita que los estudiantes además cumplan con los siguientes requisitos:
Esta beca puede mantenerse a lo largo de la duración formal del bachillerato, siempre y cuando el estudiante cumpla con los siguientes requisitos:
Dirigida a los estudiantes, que sobresalgan ya sea en actividades deportivas o artístico-culturales, a partir del segundo semestre, su promedio general debe ser mayor de 9.0 en el periodo inmediato anterior, se ofertan 3 becas de este tipo. Alumnos que ingresen al Instituto también pueden postularse siempre que su certificado de educación media tenga de promedio final entre el 9.0 de calificación.
Cubre el 30% del monto de la colegiatura por un semestre. No cubre la inscripción o reinscripción.
El Comité de Becas Altazor es el responsable de asignarla. Para acceder a este beneficio, se solicita que los estudiantes además cumplan con los siguientes requisitos:
Esta beca puede mantenerse a lo largo de la duración formal del bachillerato, siempre y cuando el estudiante cumpla con los siguientes requisitos:
Objetivos del descuento para hijo de trabajadores o docentes del Instituto
Otorgar un beneficio que cubre el 50% o 25% de la colegiatura del alumno/a, dependiendo de la situación contractual que tenga su padre o madre con la Institución.
Requisitos de postulación
1° Estar matriculado en el Instituto Altazor
2° Ser hijo/a de trabajador/a o docentes del Instituto Altazor con nombramiento vigente a la fecha de la solicitud con jornada completa y/o parcial de hasta medio turno.
3° No encontrarse con morosidad en el pago de colegiatura e inscripción o reinscripción.
4° Las horas contractuales necesarias para adquirir el descuento son: Vínculo Contractual Trabajador o Docente
Jornada Laboral Funcionario Descuento de Arancel Estudiante
Contrato y/o Planta Turno Completo (40-48 horas semanales) 50%
Contrato y/o Planta Medio Turno (de 20-24 horas semanales) 25%
1° Encontrarse al día en los pagos de colegiaturas, inscripción o reinscripción. El atraso en el pago de una o cualquiera de las cuotas, significará la pérdida inmediata del descuento en cada una de las cuotas impagas, debiendo en consecuencia pagar dichas cuotas sin el descuento del beneficio.
2° La Renovación del descuento es automática, en la medida que el trabajador o docente mantenga la condición contractual con la Institución y el alumno se encuentre sin deuda por concepto de colegiaturas, inscripción o reinscripción. De lo contrario, no será renovado el beneficio para el semestre siguiente.
TRANSITORIOS:
1o.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la Dirección de la Escuela.
2o.- Se considera espacio educativo todo local o anexo escolar que se encuentre dentro de las instalaciones del Plantel.
3o.- Todos los usuarios del salón de clases están obligados a cuidar y conservar en buen estado el local y el equipo y mobiliario con que esté dotado.
4o.- Los maestros y alumnos serán responsables de vigilar que las condiciones físicas del aula sean las adecuadas para la buena realización de la labor docente; así como de reportar las deficiencias en la limpieza y mantenimiento.
5o.- Los maestros y alumnos serán responsables de informar sobre cualquier deterioro que sufra el salón o el mobiliario; así como reportar, si se conoce, a las personas que hayan ocasionado los daños.
6o.- Los estudiantes deberán respetar el escritorio y asiento del maestro.
7o.- Al término de cada clase, se deberá limpiar los pizarrones y recoger los materiales utilizados.
8o.- Se prohíbe introducir cualquier tipo de alimentos o bebidas al aula; así como realizar festejos en su interior, que no tengan que ver con actividades escolares.
9o.- Se prohíbe sacar el mobiliario asignado al aula; así como darle un uso distinto al que le corresponda.
10o.- Se prohíbe terminantemente rayar y maltratar las paredes, pisos, ventanas, puertas, mesabancos, escritorio o cualquier tipo de mobiliario o equipo del salón de clases.
11o.- Se prohíbe tirar basura en el piso o dejarla en los mesabancos o escritorios del salón de clases.
12o.- Se prohíbe el uso de juegos electrónicos y teléfonos celulares dentro del aula durante las sesiones de clase, solo cuando esté relacionado con la clase estará permitido.
Av. Río Colorado No. 10114 Col. Revolución Tijuana, B.C.
Teléfono: (664) 381. 90. 87